Senado aprueba reforma contra huachicol fiscal con multas de hasta 100% del costo de los combustibles

Los nuevos cambios la Ley Aduanera también permitirán a las autoridades retener mercancías cuando detecten diferencias entre el precio declarado y el de productos similares; entrará en vigor en 2027

El Senado aprobó una reforma contra el huachicol fiscal que contempla multas de hasta 100 por ciento del costo de los combustibles para determinadas infracciones aduaneras. Los cambios también permitirán a las autoridades retener mercancías cuando detecten diferencias entre el precio declarado y el de productos similares.
Con 66 votos a favor, 34 en contra y una abstención, el Senado avaló cambios a la Ley Aduanera en las fracciones I, II y III del artículo 185 que endurecen las sanciones por irregularidades relacionadas con combustibles y modifican las reglas para revisar y retener mercancías importadas.
Uno de los cambios principales es que las autoridades ya no tendrán que esperar a que el precio declarado de una mercancía sea 50 por ciento menor al de productos iguales o similares para poder retenerla. Con la reforma, podrán iniciar una revisión cuando detecten una diferencia de precio, aunque esta por sí sola no demuestra que exista fraude.
Durante la discusión, el senador Gerardo Fernández Noroña defendió el dictamen y destacó que las reformas buscan mejorar el marco legal y contar con mayores recursos para atender las necesidades del país.
La reforma también cambia las condiciones para que un importador pueda evitar que su mercancía permanezca retenida mientras se resuelve el caso.
Dependiendo de la diferencia detectada entre el precio declarado y el de productos similares, podrá recurrir a un depósito en efectivo o a una garantía aduanera.
Si la diferencia es de 20 por ciento o más, el cambio establece que deberá hacer un depósito en efectivo por los impuestos y cuotas compensatorias correspondientes a esa diferencia.
Además, la reforma baja de 50 a 20 por ciento la diferencia de precio que puede hacer presumir una infracción en ciertos casos. Esto aplica cuando esa diferencia también implica que se dejaron de pagar, total o parcialmente, impuestos al comercio exterior.
Los importadores podrán recuperar sus mercancías si presentan pruebas de que ingresaron legalmente al país, que no debían ser retenidas o que el precio declarado se calculó correctamente. Si la autoridad acepta las pruebas, deberá devolver los productos y, según el caso, regresar el dinero depositado o liberar la garantía presentada.
La senadora priista Carolina Viggiano manifestó que su partido está a favor de combatir el contrabando, la subvaluación y el huachicol fiscal, pero rechazó aprobar una reforma que concede facultades demasiado amplias a las autoridades aduaneras.
Advirtió que algunos de los límites para aplicar las nuevas disposiciones quedarán sujetos a reglas administrativas posteriores, en lugar de establecerse de manera suficientemente precisa en la ley, por lo que esto podría abrir la puerta a decisiones discrecionales sobre qué mercancías embargar y bajo qué condiciones.
El senador del PAN Mario Vázquez Robles coincidió en que la subvaluación perjudica a los productores nacionales y que el huachicol fiscal representa un daño para las finanzas públicas.
Alertó que eliminar el umbral del 50 por ciento podría permitir la retención de mercancías por diferencias de precio que tengan explicaciones comerciales legítimas, como descuentos o condiciones de compra.
Vázquez también cuestionó que las nuevas disposiciones permitan a las autoridades determinar, mediante reglas administrativas, aspectos relacionados con los porcentajes y procedimientos aplicables al embargo, por lo que esta amplitud puede generar riesgos de corrupción y abrir espacios para extorsiones o favoritismos.
Advirtió además que exigir depósitos en efectivo para sustituir determinados embargos podría afectar especialmente a las pequeñas y medianas empresas, que no siempre cuentan con recursos suficientes para mantener dinero inmovilizado mientras se resuelve un procedimiento aduanero.
La reforma entrará en vigor el 1 de enero de 2027.





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