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Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares en juicios de amparo se aplicará hasta 2031

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Redacción
hace 1 día
2 min de lectura

La Corte decidió, por mayoría de 8 votos, que el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares en juicios de amparo se aplicará hasta que entre en vigor en todo el país


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió que el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCF), publicado en 2023, podrá ser aplicado en los juicios de amparo hasta que entre en vigor en todo el país.


Desde su promulgación, se estableció que su implementación sería de manera escalonada, por lo que los congresos locales y los órganos jurisdiccionales tendrían hasta el 1 de abril de 2027 para homologar sus códigos en materia civil y familiar. Sin embargo, este 20 de octubre, la Cámara de Diputados aprobó la extensión del plazo para el 31 de enero de 2031.


El artículo 2 de la Ley de Amparo, modificada en 2025, ya establece la aplicación del CNPCF como ley supletoria del viejo Código Federal de Procedimientos Civiles. Sin embargo, la SCJN resolvió una contradicción de criterios en la que decidió que su aplicación será hasta que se emita por complemento.


A partir de esta resolución, se deberá aplicar el antiguo Código Federal de Procedimientos Civiles cuando existan lagunas o vacíos jurídicos en los juicios de amparo. 


“La remisión prevista en el artículo 2 de la Ley de Amparo no produce la aplicación supletoria inmediata del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, pues su operatividad se encuentra condicionada a la entrada en vigor de dicho ordenamiento en el ámbito federal conforme al artículo segundo transitorio del decreto por el que fue expedido”, indica el proyecto que aprobó el Pleno de la Corte al resolver la contradicción de criterios 105/2026, entre el Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur y el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito de la Región Centro-Norte.


Ahora, con la modificación al artículo segundo transitorio, que la Cámara de Diputados aprobó, los jueces y magistrados, a nivel local y federal, podrán aplicar el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares hasta 2031.


El proyecto de la ministra María Estela Ríos González fue aprobado por mayoría de ocho votos con el voto en contra de la ministra Yasmín Esquivel Mossa. 

 
 
 

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